El próximo 30 de septiembre finaliza el plazo para
solicitar la devolución del IVA que se haya soportado durante 2011 en otro país de la
Unión Europea. La devolución se deberá realizar a través del modelo 360.
Este formulario será presentado obligatoriamente por vía telemática a través de
Internet, en las condiciones y de acuerdo con el procedimiento previsto en los
artículos 2 y 3 de la Orden , EHA/789/2010, de 16 de marzo, por los
empresarios o profesionales que estén establecidos en el territorio de
aplicación del Impuesto para solicitar la devolución de las cuotas soportadas
por adquisiciones o importaciones de bienes o servicios efectuadas en la
Comunidad, con excepción de las realizadas en dicho territorio.
También se puede presentar a través de un tercero autorizado. Si la
presentación telemática va a ser realizada por una persona o entidad autorizada
para presentar declaraciones en representación de terceras personas, será esta
persona o entidad autorizada quien deberá tener instalado en el navegador su
certificado y debe estar autorizado para recibir las notificaciones telemáticas
del contribuyente.
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