lunes, 17 de septiembre de 2012

NOTA SOBRE EL MODELO 360




El próximo 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar la devolución del IVA  que se  haya soportado durante 2011 en otro país de la Unión Europea. La devolución se deberá realizar a través del modelo 360.

Este formulario será presentado obligatoriamente por vía telemática a través de Internet, en las condiciones y de acuerdo con el procedimiento previsto en los artículos 2 y 3 de la Orden , EHA/789/2010, de 16 de marzo,  por los empresarios o profesionales que estén establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto para solicitar la devolución de las cuotas soportadas por adquisiciones o importaciones de bienes o servicios efectuadas en la Comunidad, con excepción de las realizadas en dicho territorio.

También se puede presentar a través de un tercero autorizado. Si la presentación telemática va a ser realizada por una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, será esta persona o entidad autorizada quien deberá tener instalado en el navegador su certificado y debe estar autorizado para recibir las notificaciones telemáticas del contribuyente.

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