Entra en funcionamiento el nuevo servicio que la
Agencia Tributaria ha puesto en marcha para contemplar, según lo
estipulado en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, sobre la
posibilidad de presentar denuncias telemáticamente en la web de la sede electrónica,
concerniente al incumplimiento de la limitación del pago en efectivo de 2.500 Euros por
operaciones realizadas entre profesionales y empresarios.
De este
modo se facilita que cualquier persona que intervenga en una operación pueda
interponer la correspondiente denuncia.
Increíble
es la rapidez con la que ha actuado la Agencia Tributaria ante este tema, y sorprende
que quien incumpla la normativa pueda quedar exonerado de responsabilidad si en
el plazo de 3 meses interpone la correspondiente denuncia….y de forma electrónica.
Este es el enlace pinchar
aquí.
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