viernes, 9 de noviembre de 2012

La ley española de desahucios incumple la normativa europea.


  • Son incompatibles con las normas de la UE de protección de los consumidores
  • No protege al consumidor contra cláusulas abusivas en el contrato hipotecario
  • Pide que el juez pueda parar un desahucio si hay una cláusula de este tipo
  • El dictamen responde a una cuestión presentada por un juzgado de Barcelona


La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE Juliane Kokott ha dictaminado que la ley española de desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las hipotecas. "No constituye una protección efectiva contra las cláusulas abusivas del contrato el que el consumidor, a raíz de dichas cláusulas, deba soportar indefenso la ejecución de la hipoteca con la consiguiente subasta forzosa de su vivienda, la pérdida de la propiedad que la acompaña y el desalojo, y que sólo con posterioridad esté legitimado para ejercitar la acción de daños y perjuicios".

El dictamen de la abogada general responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia de un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca.

En este sentido, la abogada general estima que "la regulación procesal española es incompatible con la directiva, pues menoscaba la eficacia de la protección que ésta persigue".

Las conclusiones de la abogada general no tienen carácter vinculante, pero el Tribunal sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos.


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