- Son
incompatibles con las normas de la UE de protección de los consumidores
- No protege al
consumidor contra cláusulas abusivas en el contrato hipotecario
- Pide que el
juez pueda parar un desahucio si hay una cláusula de este tipo
- El dictamen
responde a una cuestión presentada por un juzgado de Barcelona
La abogada
general del Tribunal de Justicia de la
UE Juliane Kokott ha dictaminado que la ley española de desahucios
vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz
de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las
hipotecas. "No constituye una protección efectiva contra las cláusulas
abusivas del contrato el que el consumidor, a raíz de dichas cláusulas, deba
soportar indefenso la ejecución de la hipoteca con la consiguiente subasta
forzosa de su vivienda, la pérdida de la propiedad que la acompaña y el
desalojo, y que sólo con posterioridad esté legitimado para ejercitar la acción
de daños y perjuicios".
El dictamen de la abogada general responde a una cuestión presentada por
el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia de un ciudadano contra CatalunyaCaixa,
que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de
2011 por impago de la hipoteca.
En este sentido, la abogada general estima
que "la regulación procesal española es incompatible con la directiva,
pues menoscaba la eficacia de la protección que ésta persigue".
Las conclusiones de la abogada general no
tienen carácter vinculante, pero el Tribunal sigue sus recomendaciones en el
80% de los casos.
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