domingo, 16 de diciembre de 2012

Impuesto Actividades Económicas. Exento o no exento


Durante este mes diciembre existe la obligación de informar a la Agencia Tributaria de aquellas empresas que para el ejercicio próximo estarán o dejarán de estar exentas del pago del Impuesto sobre actividades económicas

Se deberá efectuar las comunicaciones siguientes:
  1. Comunicación de ALTA por dejar de disfrutar de la exención.
Empresas que en el último ejercicio cerrado (2012) hayan tenido una cifra de negocios superior a un millón de euros.
  1. Comunicación de BAJA para disfrutar de exención.
Empresas que en él último ejercicio cerrado (2012) su cifra de negocios fue inferior a un millón de euros.

Enlace al post publicado con anterioridad en estas mismas fechas Impuesto sobre actividades económicas donde encontraras información más amplia.

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