Ayer fueron aprobadas las ayudas de los programas correspondientes a la línea ICO Inversión para el año 2012. Está pendiente de su puesta en marcha así como la firma de los respectivos convenios con la entidades financieras colaboradoras. Se anuncian líneas distintas de financiación para el año que está a punto de empezar.
El plazo para las solicitudes finalizará el día 15 de diciembre de 2012 o en su caso cuando se agoten los fondos con los que se dotan estas ayudas. Las solicitudes deberán tramitarse directamente en las entidades financieras adheridas al convenio con el ICO, que serán las responsables de analizar y aprobar las operaciones que se soliciten.
Esta línea de financiación está destinada a autónomos, empresas, entidades públicas y entidades sin ánimo de lucro, que realicen inversiones productivas en España.
Características del ICO Inversión 2012
Se establece que se podrá financiar la compra de activos fijos productivos nuevos o de segunda mano destinados a la actividad. En concreto:
- Vehículos catalogados como turismos, cuyo precio no supere los 30.000,00 euros. Los vehículos industriales podrán financiarse el 100% de su coste.
- Adquisición de empresas
- El coste correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) de las adquisiciones.
El importe máximo que se podrá solicitar será de un máximo de 10.000.000 euros el cual podrá formalizarse en una o varias operaciones, mediante préstamos o leasing. El tipo de interés será fijo o variable más un diferencial de hasta el 1,5%. Los periodos de amortización podrán ser de: 3, 5, 7, 10, 12, 15 ó 20 años en función del importe que se solicite, y con la posibilidad de poder solicitar un periodo de carencia de hasta un máximo de 2 años en función del periodo de amortización.
¿Cómo funcionan estas líneas de ayuda?
Ejemplo práctico: Si firmamos un préstamo con una entidad financiera a un tipo del Euribor + 5%, el ICO lo que hace es abonarle a la entidad la diferencia entre el tipo marcado por la ayuda (el 1,5%) y el 7% que nosotros firmamos, además de establecer los criterios de los plazos de amortización, comisiones, etc.
Quiere decir que en el resto de las contingencias de la operación, análisis del riesgo, avales, etc. las condiciones son marcadas por la entidad. Es decir, es un préstamo como cualquier otro, y que ha de pasar los filtros y condiciones de la entidad a la cual se le solicita. El ICO se hace cargo del pago de una parte de los intereses correspondientes.
Más información en | ICO Directo
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